Impulsan la reforma de la Carta Orgánica de Iguazú para limitar la reelección de intendentes y concejales

El proyecto de ordenanza tomó estado parlamentario en la última sesión del Concejo Deliberante y propone limitar a dos períodos consecutivos los mandatos del intendente y los concejales. La iniciativa fue presentada por el edil Alejandro Verón y deberá ser aprobada por dos tercios del cuerpo para avanzar hacia su posterior convalidación mediante el voto popular.
martes 15 de septiembre de 2026 | 10:00hs.

El proyecto de ordenanza para enmendar la Carta Orgánica de Puerto Iguazú tomó estado parlamentario durante la última sesión del Concejo Deliberante. La iniciativa, impulsada por el concejal Alejandro Verón, propone modificar los artículos 47 y 77 de la normativa municipal con el objetivo de limitar la reelección de los cargos de intendente y concejales.

El expediente ingresó por mesa de entrada el pasado 26 de agosto bajo el número 78/26 y plantea una modificación de la Sección Primera, Capítulo III, y de la Sección Tercera, Capítulo III, de la Carta Orgánica Municipal.

Según se detalla en los fundamentos, el proyecto busca evitar que la permanencia en los cargos públicos se extienda de manera indefinida y plantea que “el espíritu del proyecto impide que la permanencia en lugares de poder se proyecte eternamente, con todo lo que ello implica”.

En ese sentido, Verón sostiene que la propuesta apunta a “equilibrar ciertos elementos puntuales de la arquitectura constitucional” mediante la limitación de las reelecciones de intendentes y concejales.

Para fundamentar la iniciativa, el edil cita como antecedente la Ley 14.836, sancionada en 2016 en la provincia de Buenos Aires, además de referencias al Derecho Constitucional Argentino. En los fundamentos también cuestiona que propuestas similares hayan sido utilizadas durante campañas electorales sin que posteriormente se concretaran en proyectos dentro del Concejo Deliberante.

El texto sostiene que “la reelección indefinida del Órgano Ejecutivo Municipal, así como la de los funcionarios de los respectivos Cuerpos Deliberativos, la cual se traduce en el ejercicio de los referidos mandatos sin límites temporales, se constituye como excepción dentro de la historia del Derecho Constitucional Argentino”.

Asimismo, el proyecto recupera antecedentes históricos vinculados al Congreso de Tucumán de 1817, donde, según se cita en los fundamentos, se advertía que “la perpetuidad del cargo ponía en evidente riesgo la parte democrática de la Constitución, que las senadurías debían renovarse entre los ciudadanos más beneméritos y no estancarse en unos pocos”.

Dos períodos como máximo

A partir de estos argumentos, la iniciativa propone modificar los artículos 47 y 77 de la Carta Orgánica Municipal para establecer que tanto el intendente como los concejales ejerzan mandatos de cuatro años, con la posibilidad de ser reelegidos por un único período consecutivo.

De esta manera, quienes ocupen alguno de estos cargos podrían permanecer durante un máximo de dos períodos consecutivos, tras lo cual deberían dejar transcurrir un período antes de volver a postularse, de acuerdo con los alcances de la modificación propuesta.

El proyecto deberá ser analizado por la Comisión de Hacienda y Legislación General o, en su defecto, tratado en plenario de concejales para la elaboración del correspondiente despacho.

La iniciativa establece además que la modificación deberá ser convalidada por el electorado. Para ello, los artículos propuestos deberán obtener el voto afirmativo de la mayoría simple de los ciudadanos convocados a tal efecto en la primera elección municipal que se realice, conforme a lo establecido en el artículo 240 de la Carta Orgánica Municipal.

Antes de llegar a esa instancia, la ordenanza deberá ser aprobada por dos tercios del Concejo Deliberante de Puerto Iguazú, lo que implica el respaldo de al menos cinco de los ediles que integran el cuerpo.

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