La Justicia le exigió a las encuestadoras que respeten la ley

Jueves 30 de julio de 2015 | 19:20hs.
Elecciones. | Sólo ocho encuestadoras cumplen con la ley.

La Cámara Nacional Electoral (CNE) exhortó a las encuestadoras a cumplir con los requisitos que exige la ley, entre ellos, anotarse en un registro y presentar un informe por cada trabajo que detalle la metodología, quién lo contrató y cuánto pagó. El tribunal también advirtió que hoy sólo ocho empresas se ajustan a la normativa vigente.

 

En diciembre de 2009, el Congreso modificó la Ley 26.215, que regula el financiamiento de los partidos políticos. En concreto, agregó el artículo 44, que instruyó a la CNE a crear un Registro de Empresas de Encuestas y Sondeos de Opinión, que el tribunal finalmente estableció en noviembre del año siguiente. La norma establece que es obligatoria la inscripción de todas las firmas y organizaciones que quieran divulgar trabajos durante la campaña electoral.

 

Actualmente, en la página del registro figuran 35 empresas. Sin embargo, según advirtió hoy la CNE, sólo ocho cumplen con un requisito clave: la obligación de presentar ante cada sondeo realizado para terceros "un informe donde se individualice el trabajo realizado, quién realizó la contratación, el monto facturado por trabajo realizado, un detalle técnico sobre la metodología científica utilizada, el tipo de encuesta realizada, el tamaño y características de la muestra utilizada, procedimiento de selección de los entrevistados, el error estadístico aplicable y la fecha del trabajo de campo".

 

Saber quién contrató a una encuestadora y cuánto pagó por el trabajo es fundamental a la hora de analizar los números. Lo mismo sucede con los detalles técnicos: no es lo mismo una muestra de 350 casos en la Ciudad de Buenos Aires y el Conurbano que más de mil en todo el país. También es importante saber cómo se selecciona a los entrevistados: siempre existieron sospechas de que muchas empresas no lo hacen al azar y direccionan los resultados.

 

"La evidencia de la realidad actual demuestra que la cantidad de encuestas difundidas por distintos medios a la opinión pública no se condice con el exiguo número de informes técnicos presentados ante este Tribunal", advirtió la CNE.

 

Las únicas compañías que presentaron los informes son Julio Aurelio ARESCO, Ricardo Rouvier & Asociados, Radio Bahía Blanca S.A., Hugo Haime & Asociados, Fundación para la Dignificación del Hombre en el Trabajo (Observatorio de Política y Democracia), OPINAIA S.A., Observatorio Económico y Social de la Facultad de Ciencias Empresariales de la Universidad de la Cuenca del Plata y Carlos Fara & Asociados.

 

La Ley 26.215 establece una sanción muy leve: apenas prohíbe la inscripción en el registro por un período de dos a cuatro elecciones a las empresas que incumplan en dos oportunidades consecutivas con los requisitos.

 

Pero aun las que ni siquiera se inscriban o las que estén sancionadas e igualmente divulguen sus trabajos no recibirán ninguna pena, como podría ser una multa. Por eso, la CNE solicitó al Congreso que "evalúe la posibilidad de revisión del régimen vigente, para dotarlo de medios adecuados y procedimientos efectivos tendientes a su correcta observancia".