Regirá el retiro de licencia a conductores con alcohol en sangre

Sábado 18 de abril de 2015 | 08:33hs.
Controles. | De acuerdo al grado de alcohol en sangre aumenta la sanción. | Foto: Gentileza

Desde la próxima semana el Ejecutivo Municipal pondrá en vigencia la ordenanza que endurece las sanciones, hasta la quita temporal del carné de conducir, a los automovilistas y conductores de motos que manejen alcoholizados en la ciudad de Posadas.

 

Sólo resta la publicación en el Boletín Oficial de la comuna, cosa que está previsto concretarse en los primeros días de la semana venidera y a partir de allí, comenzará a regir la norma aprobada hace dos semanas por el Concejo Deliberante local.

 

El secretario de Gobierno municipal, José Moglia -en diálogo con este medio-, aclaró que también se mantiene en vigencia las sanciones para quienes superen el mínimo (0,5 de alcohol) permitido por ley por litro de sangre -equivalente a un vaso de vino o dos de cerveza-. Para estos casos, de dar positivo en un control de alcoholemia, se aplica una multa de 10 mil pesos y la quita de 8 puntos en el sistema scoring, luego de ser sentenciado por el Tribunal de Faltas.

 

Con la nueva ordenanza que entrará en vigencia en los próximos días, además de la multa económica se sumará la retención de la licencia de conducir por un plazo que irá de entre tres meses y hasta un año, de acuerdo a la cantidad de alcohol en sangre.

 

Origen de las medidas
El endurecimiento de pena fue impulsado por el Ejecutivo municipal, luego de que un hombre en estado de ebriedad y que diera 1,13 de alcohol en sangre, atropellara y matara a dos mujeres que estaban por tomar un taxi en la avenida Alicia Moreau de Justo (ex ruta 213).

 

Además la Municipalidad viene endureciendo el control en distintos puntos de la ciudad. Según el registro de la última semana concretado entre el 6 al 12 de abril, fueron labradas 627 actas; de ese total retuvieron 17 autos y 23 motos y detectaron 18 casos de alcoholemia.

 

Esto da cuenta de la gravedad de la situación de choferes que conducen con alcohol en sangre, observan desde la comuna.

 

La ordenanza que viene
La nueva ordenanza que entrará en vigencia desde la próxima semana, sustituye al artículo 29 de la Ordenanza XVI-Nº 17 (antes Ordenanza 1009/03).

 

Mediante el artículo 29, el juez de Faltas debe imponer las penalidades de cancelación o suspensión temporaria y posterior retención de la licencia, independientemente de las sanciones pecuniarias y de la existencia de puntos en el legajo, en los siguientes casos: por conducir habiendo ingerido alcohol o estupefacientes que alteran el normal desenvolvimiento del conductor. En ese caso, deberá regir, cuando el resultado del alcotest indique valores entre 0,8 a 1 gramo por litro de sangre; la suspensión y retención de la licencia será de tres meses, más 40 horas en curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Vial Municipal.

 

Cuando el resultado del alcotest indica valores entre 1 a 1,5 gramos por litro de sangre, la suspensión y retención será de seis meses, más 40 horas en curso de capacitación en la citada institución dependiente de la comuna.

 

Y, cuando el resultado del alcotest indica valores mayores a 1,5 gramos por litro de sangre, la suspensión y retención será de un año y curso de capacitación en la Escuela de Seguridad Vial.

 

Por reincidencia en las faltas, que deriven en una nueva suspensión o cancelación temporaria de la licencia dentro de los primeros doce meses, se debe aplicar una suspensión equivalente al doble de la establecida.

 

Apuntan que quitar el carné de conducir al que consume alcohol es para que se tome conciencia de que manejar alcoholizado mata.